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sábado, 28 de mayo de 2011

Reflexión sobre el 22M


Después de ver como las fuerzas burguesas reaccionarias se hacían con el control político en nuestra ciudad, viendo a las fuerzas que antes nos tomaban de parásitos, llorar ante nuestros ojos.
Nosotros la infraclase, nos preparamos para resistir un invierno frío y en soledad , en el cual no tendremos el apoyo de ninguna fuerza social-burguesa pero tendremos enfrente a nuestro enemigo burgués , el cual atacaremos hasta nuestras ultimas fuerzas en todos sus puntos débiles , si no nos dan lo que queremos lo cogeremos mediante cualquier forma posible , nosotros solo aspiramos a nuestra libertad y felicidad frente a ellos los social-burgueses y capitalistas , que solo desean vernos subyugados a sus necesidades económicas trabajado con contratos basura o siendo humillados directamente por fuerzas opresoras del estado de caridad , que nos obligan a dar cuenta de nuestras vidas y de nuestros movimientos económicos paupérrimos.
Nosotros sabemos, muy bien lo que queremos:
  1. Gratuidad o descuento en los servicios públicos
  2. Paro indefinido
  3. Salario mínimo de 1000 euros
  4. Reducción de la jornada laboral a 30 horas semanales.
  5. No tener que dar cuentas al estado
Con estos objetivos no queremos demoler el sistema si no, solo dar un poco de libertad y felicidad a nuestras míseras vidas:
    • En el presente debemos de ser nosotros y no otros entes desde, afuera los que dictemos nuestro camino , forma de actuar y manera de ver el sistema productivo , abarcando esto hoy en desgracia , todo tipo de relación humana.
    • En las próximas elecciones nos quedaremos en casa, ellos no quieren solucionar nuestro destino quieren tenernos siempre de rodillas o humillados a sus clientelismos partidistas de partido.
Nuestro camino debe de ser la búsqueda de nuestra libertad y la felicidad en vez como hasta ahora, a buscar la libertad de otros.

Como se nos llama para los cursillos o charlas.

Desde, la oficina de empleo no solo se nos obliga, a ir a cursillos o charlas inútiles si no ,  nos están avisando de la obligación de ir a x charla o a el cursillo y , por mensaje a teléfono móvil con la obligación de tener nuestro número de teléfono a disposición de los señoritos del paro ,con lo que lleva tener una línea de móvil  mantenida y conectada.
Ya no se nos notifica por vía correo ordinario , si no solo por vía telefónica cual será el siguiente paso obligarnos a tener contratado Internet , ello no sería extraño , ya que ahora mismo los desempleados estamos fichando vía Internet o nos lo hacen los funcionarios de la oficina , pero eso si diciendo nos que tenemos que aprender que es muy sencillito que pasará , si la web de princast queda saturada ; Los parados podrían quedar sin ninguna prestación por lo expuesto en el del articulo 47.1 del R.D Legislativo 5/2000,de 4  de agosto, según redacción dada por la ley 62/2003, de 30 de Diciembre , dando capacidad sancionadora al estado con las medidas desmesuradas que hemos expuesto en el artículo anterior.

Artículo 47.1

El Articulo 47 del R.D Legislativo 5/2000, 4 de Agosto, según redacción dada por la ley 62/2003, de 30 de Diciembre, se establecen los derechos y deberes de los desempleados en concepto de prestaciones contributivas y no contributivas.
La prestación , otorgada a un desempleado no puede ascender nunca de los                 euros para un individuo sin hijos a su cargó, no  creemos que dicha cantidad sea suficiente para , justificar sanciones como las que expondremos a continuación.
En el apartado primero de este artículo se tipifican las sanciones que se les impone a los desempleados por no cumplir con la obligación de fichar en el día exacto, según dicho artículo:
  • Los parados que no cumplieran dicha norma se verían sancionados por un mes de sanción sin prestación por desempleo (Eso si nunca podrá superar los 1000 euros).
  • Si incumple la norma por segunda vez podría verse sancionado por la pérdida de toda la prestación de desempleo.
  • En el caso de las pensiones no contributivas si no se hace lo dictado por la ley, en lo que hace mención ha la obligación de fichar en la fecha exacta el desempleado pierde el derecho a cualquier prestación.
  • Los desempleados que ya hallan agotado dicha prestación podrán ser sancionados con la perdida de toda la ayuda, ya que esto quedaría a merced de la trabajadora social que los tuviera a su cargo.
Por que no se puede justificar , por un descuido la perdida de una ayuda fundamental y básica de los parados a la subsistencia , pedimos la modificación del   Articulo 47 del R.D Legislativo 5/2000, 4 de Agosto, según redacción dada por la ley 62/2003, de 30 de Diciembre , que otorga calidad sancionadora , a nuestro entender, excesiva al estado.
                                                                                               
No al artículo 47.1

jueves, 19 de mayo de 2011

Si no Fichas La Cartillina del Paru

En un estado social , en el cual a los ciudadanos se nos proteje del desamparo económico mediante ayudas que vienen soportadas por nuestros propios impuestos.
Para los Parados se nos hacen leyes represivas como el articulo 41 que dicta que si no vamos a fichar el día exacto de la prestación se nos quitara un mes de paro con la consecuencia de la perdida de reecursos económicos ya merbados de nosotros o de nuestras familias.
Imaginese lo que puede ser para una familia no cobrar el salario de un mes eso podría llevar al desaucio o a corte de gas y luz más otras necesidades básicas que no se puedán cubrir.
La prestación máxima del paro en España , es de  1.087,20 euros al mes si no tienes hijos a tu cargo y por esta sanción te descontarián 1000 que es la cuantia "máxima" que se puede sancionar a un parado por no fichar en su día exacto .
Vamos que de esto se nutre , nuestro estado español del bienestar de sancionar con multas como esta a los que menos tienen y suviendo los impuestos indirectos al consumo de productos básicos como la energía por las nuves.

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